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Construcción · Validez legal en Chile

Contrato de Confección de Obra Material

Encarga una construcción, ampliación o remodelación a suma alzada dejando claro el precio, los plazos, las multas por atraso y las garantías. Redáctalo, revísalo con IA y fírmalo en línea.

Crea este contrato gratis

Qué incluye la plantilla

  • Individualización del mandante y del contratista
  • Objeto de la obra y especificaciones técnicas
  • Precio a suma alzada y calendario de estados de pago
  • Plazos de ejecución, multas por atraso y recepción de la obra
  • Garantías, subcontratación y obligaciones laborales y previsionales

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Seguimiento y vencimientos

DILL te avisa antes de cada vencimiento y conserva todo el historial firmado en un repositorio con respaldo.

Validez legal en Chile

Firma electrónica conforme a la Ley N° 19.799. Cada documento incluye certificado de firma y código de verificación público.

Lo que dice la ley en Chile

El contrato para la confección de una obra material está regulado en el Código Civil a partir del artículo 1996. Su naturaleza cambia según quién ponga los materiales: si el artífice o contratista suministra la materia, el contrato es de venta y no se perfecciona sino con la aprobación de quien encargó la obra, momento hasta el cual el riesgo de la cosa es del contratista; si la materia principal la aporta quien encarga la obra, es un arrendamiento de obra. Cuando la obra es una edificación, se suma la Ley General de Urbanismo y Construcciones: su artículo 18 hace al propietario primer vendedor responsable de los daños por fallas o defectos, con plazos de garantía de 10 años por la estructura soportante, 5 por los elementos constructivos e instalaciones y 3 por las terminaciones.

El riesgo práctico más importante es que la relación termine siendo declarada un contrato de trabajo. El artículo 7 del Código del Trabajo define ese contrato como la prestación de servicios personales bajo subordinación y dependencia, y el artículo 8 presume que existe relación laboral cada vez que se dan esos elementos, sin importar cómo se haya rotulado el papel. Si le impones al contratista un horario fijo, lo supervisas de cerca, le das instrucciones diarias y le exiges exclusividad, la Dirección del Trabajo o los tribunales pueden recalificar el vínculo y hacerte pagar cotizaciones, indemnizaciones y multas. Para que el contrato de obra se sostenga, el contratista debe conservar autonomía real sobre cómo, cuándo y con quién ejecuta.

Si el contratista ejecuta la obra con sus propios trabajadores, entras al régimen de subcontratación de la Ley N° 20.123, incorporada al Código del Trabajo en los artículos 183-A y siguientes. Como dueño de la obra o empresa principal respondes de las obligaciones laborales y previsionales de esos trabajadores: en principio de forma solidaria, es decir, pueden cobrarte directamente. Esa responsabilidad baja a subsidiaria solo si ejerces los derechos de información y de retención, exigiendo al contratista los certificados de pago de remuneraciones y cotizaciones y reteniendo de los estados de pago lo necesario cuando no acredite estar al día. Pactar y usar esos controles es lo que limita tu exposición.

Cláusulas que no pueden faltar

Extractos de ejemplo redactados para Chile. En DILL los personalizas con campos dinámicos antes de firmar.

Objeto de la obra y especificaciones
El Contratista se obliga a ejecutar, a todo costo y con sujeción a las reglas del arte, la siguiente obra: [descripción de la obra, ubicación e individualización del inmueble], conforme a los planos, especificaciones técnicas y presupuesto que se agregan como Anexo [•] y forman parte integrante de este contrato. Cualquier obra adicional o modificación deberá acordarse previamente y por escrito, indicando su efecto en el precio y en el plazo.
Precio a suma alzada y estados de pago
El precio total de la obra es la suma alzada, única y fija, de $[monto] (IVA [incluido / no incluido]), no sujeta a reajuste salvo pacto expreso. Se pagará mediante estados de pago contra avance físico, conforme al siguiente calendario: [detalle de hitos y porcentajes]. El Mandante podrá retener un [10]% de cada estado de pago como garantía de correcta ejecución, monto que se liberará a la recepción definitiva de la obra.
Plazos, multas por atraso y recepción
El Contratista entregará la obra terminada dentro de [•] días corridos contados desde [el acta de entrega de terreno / la fecha del contrato]. Por cada día de atraso no justificado pagará una multa de $[monto] diario, con tope de [•]% del precio total, deducible de los estados de pago. Concluida la obra, el Mandante dispondrá de [•] días para revisarla y suscribir el acta de recepción, formulando por escrito las observaciones que el Contratista deberá subsanar dentro del plazo que se indique.
Garantías, subcontratación y obligaciones laborales
El Contratista garantiza la obra contra fallas y defectos por [•] meses desde la recepción, sin perjuicio de los plazos legales de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. El Contratista actúa como empresario independiente, con sus propios trabajadores y medios, y es el único responsable de sus remuneraciones, cotizaciones e impuestos. Podrá subcontratar previa autorización escrita del Mandante, quien podrá exigir en cada estado de pago los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales y retener las sumas necesarias mientras no se acrediten, conforme a los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo.

Cómo crear tu Contrato de Obra a Suma Alzada en DILL

  1. 1

    Elige la plantilla de contrato de obra

    Selecciona en DILL el Contrato de Confección de Obra Material, pensado para encargar una construcción, ampliación o remodelación a suma alzada.

  2. 2

    Completa las partes y la obra

    Ingresa al mandante y al contratista con nombre y RUT, describe la obra y sus especificaciones, y adjunta planos o presupuesto como anexo.

  3. 3

    Define precio, plazos y garantías

    Fija el precio a suma alzada, el calendario de estados de pago, los plazos, las multas por atraso y las garantías de la obra.

  4. 4

    Revísalo con IA y fírmalo en línea

    El agente de DILL revisa que el contratista quede como independiente y que existan resguardos de subcontratación; luego ambas partes firman electrónicamente conforme a la Ley 19.799.

  5. 5

    Compártelo y verifícalo con QR

    Descarga el PDF firmado con certificado y código QR de verificación pública, y compártelo con el contratista, el ITO o quien lo requiera.

Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo que un contrato de trabajo?

No. En el contrato de obra el contratista es independiente y responde por el resultado. Pero si le impones horario, supervisión diaria e instrucciones constantes, la Dirección del Trabajo o los tribunales pueden presumir una relación laboral (artículos 7 y 8 del Código del Trabajo) y obligarte a pagar cotizaciones e indemnizaciones. La autonomía real del contratista es lo que marca la diferencia.

¿Quién pone los materiales?

Lo defines tú en el contrato, y no es un detalle menor: según el artículo 1996 del Código Civil, si el contratista suministra los materiales el contrato se considera una venta, y si la materia principal la aportas tú, es un arrendamiento de obra. En la práctica, deja por escrito quién compra cada partida para evitar discusiones de precio y de responsabilidad.

¿Respondo por los trabajadores del contratista?

Sí. Bajo la Ley N° 20.123 de subcontratación, como dueño de la obra respondes solidariamente de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratista. Esa responsabilidad baja a subsidiaria solo si ejerces tus derechos de información y retención: pedir los certificados de pago de remuneraciones y cotizaciones y retener de los estados de pago mientras no se acrediten.

¿Qué garantía tiene la obra?

Además de la garantía convencional que pacten, tratándose de edificaciones rige el artículo 18 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones: el propietario primer vendedor responde por fallas o defectos con plazos de 10 años por la estructura soportante, 5 por los elementos constructivos e instalaciones y 3 por las terminaciones, sin perjuicio de repetir contra el constructor responsable.

¿Qué significa suma alzada?

Que se acuerda un precio total, único y fijo por toda la obra, no sujeto a reajuste salvo pacto expreso. El contratista asume el riesgo de que los costos suban. Toda obra adicional debe acordarse por escrito, indicando su efecto en el precio y en el plazo, para que no se convierta en fuente de conflicto.

¿Puedo cobrar multas si la obra se atrasa?

Sí, si lo pactas. Lo habitual es una multa por cada día de atraso no justificado, con un tope sobre el precio total, deducible de los estados de pago. Conviene definir con precisión desde qué fecha corre el plazo y qué causas justifican una prórroga, para que la multa sea exigible sin discusión.

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